CLAUSURAN ASENTAMIENTO HUMANO IRREGULAR EN PROGRESO

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Fue cerrado por la Profepa en la localidad de Chicxulub Puerto.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que determinó la clausura definitiva del asentamiento humano irregular detectado en la localidad de Chicxulub Puerto, Municipio de Progreso, Yucatán.

En un comunicado, la procuraduría señaló que notificó las resoluciones emitidas en seis procedimientos administrativos, abiertos por afectación a ecosistema costero de humedal con vegetación de manglar por el asentamiento humano.

Puntualizó que, por lo anterior, se determinó imponer también multas que suman un total de 9800 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a $739,802 pesos. “Esta Procuraduría realizó inspecciones en los meses de abril y junio de 2017, instaurando los procedimientos administrativos correspondientes.

En los que se detectó como responsable de las afectaciones de ecosistema costero de humedal con vegetación de manglar por asentamiento humano irregular, a una habitante de Chicxulub Puerto, Municipio de Progreso, Yucatán”.

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CLAUSURAN ASENTAMIENTO HUMANO IRREGULAR EN PROGRESO

Responsables

Indicó que en el trámite correspondiente en cada procedimiento y otorgando la garantía de audiencia por las actividades de remoción de vegetación, relleno y desecamiento de humedal con manglar. Los presuntos responsables no presentaron las autorizaciones de impacto ambiental requeridas a cada caso.

Por ello, destacó la dependencia, se emitieron las resoluciones sancionatorias respectivas, las cuales ya fueron debidamente notificadas.

En las inspecciones realizadas se detectó un total de 5834 metros cuadrados de afectación a ecosistema de humedal costero con vegetación de manglar.

Explicó que las especies que resultaron afectadas son el manglar rojo (rhizophora mangle), manglar blanco (laguncularia racemosa) y manglar negro (aviscenia germinans), especies bajo status de protección en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de amenazadas.

Expuso que que el Código Penal Federal establece en su artículo 420 Bis, fracción II, una pena de 2 a 10 años de prisión a quien dañe, deseque o rellene humedales o manglares.

Finalmente señaló que con este tipo de acciones, la Profepa busca inhibir la comisión de infracciones e ilícitos ambientales, a la vez que refrenda su compromiso y misión de proteger los recursos naturales de México, a través del estricto cumplimiento de la Ley.

En otras noticias: Muere indigente en playa de Progreso

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